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Otra actualización de Omnibus: Lo que significa la votación del Parlamento Europeo del 14 de noviembre para la CSDDD y la CSRD

Otra actualización de Omnibus: Lo que significa la votación del Parlamento Europeo del 14 de noviembre para la CSDDD y la CSRD

Fecha: 18 de noviembre de 2025

El 14 de noviembre, el Parlamento Europeo dio otro paso decisivo hacia la finalización de las enmiendas tanto a la Directiva sobre diligencia debida en materia de sostenibilidad (CSDDD) como a la Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD), como parte del Paquete Ómnibus de simplificación I. Y como ha ocurrido con cada paso del proceso hasta ahora, la votación llegó con su cuota de críticas, compromisos de última hora y disputas políticas.

Respaldado en gran medida por los partidos de la derecha política, el Parlamento aprobó una serie de importantes reducciones del ámbito de aplicación que remodelarán lo que miles de empresas deberán aplicar en los próximos años.

Para muchas empresas, la perspectiva de que esta semana comiencen las negociaciones del trílogo puede sentirse como un respiro largamente esperado. Durante el último año, la sucesión constante de propuestas de modificación ha generado un ciclo continuo de incertidumbre, y las revisiones más recientes entran ahora en esa fase decisiva de negociación.

Es cierto que la carga regulatoria podría estar disminuyendo: los nuevos umbrales más elevados para la CSRD y la eliminación de los planes obligatorios de transición climática en la CSDDD representan cambios importantes. Sin embargo, todo este proceso político ha dejado ver una realidad más profunda que va mucho más allá de los marcos jurídicos: consumidores, accionistas, inversores y empleados esperan acciones genuinas en materia de sostenibilidad empresarial. Y esas expectativas no están retrocediendo.

Aprobación parlamentaria: ¿Qué ha cambiado?

La votación aportó una serie de cambios sustanciales, especialmente para la CSDDD. Al iniciarse las negociaciones del diálogo a tres bandas, los siguientes elementos enmarcarán parte del debate:

Ámbito CSRD: Se han vuelto a aumentar los umbrales. La información obligatoria se aplicará a las empresas de la UE con más de 1.750 empleados y 450 millones de euros de facturación neta, lo que refleja la posición anterior del Consejo Europeo.

Ámbito CSDDD: Sólo entrarán en el ámbito de aplicación las empresas con más de 5.000 empleados y 1.500 millones de euros de facturación neta.

Diligencia debida CSDDD: La diligencia debida está ahora explícitamente basada en el riesgo, centrada en las propias operaciones de la empresa y en los socios de nivel 1, con límites a las solicitudes de información sobre la cadena de valor.

Planes de transición climática: Se ha suprimido la inclusión obligatoria de los planes de transición climática en la CSDDD, aunque la obligación de informar sobre la estrategia climática sigue firmemente arraigada en el CDSD.

Responsabilidad civil: La ejecución corresponderá a cada Estado miembro, en lugar de un régimen unificado de responsabilidad civil a nivel de la UE.

¿Qué significa esto para las empresas?

Sobre el papel, las modificaciones suavizan la carga de cumplimiento, sobre todo si se consideran junto con la racionalización del marco de información de ESRS para la CSRD. Pero la realidad práctica es más compleja.

En los últimos años, el mercado ha dejado claro que no está dispuesto a esperar a los legisladores. Los inversores exigen visibilidad sobre la cadena de suministro y los riesgos climáticos. Los consumidores analizan con detalle cada afirmación de sostenibilidad. ONGs y medios se apresuran a señalar incoherencias, y los casos judiciales más sonados, desde el greenwashing hasta abusos laborales, han elevado todavía más las expectativas sobre la responsabilidad empresarial.

En otras palabras, la diligencia debida y la transparencia se han convertido en aspectos críticos para las empresas, independientemente de los umbrales legales.

Incluso las empresas que ahora están fuera del ámbito de aplicación sentirán los efectos dominó. Las cadenas de suministro están interconectadas y las grandes organizaciones incluidas en el ámbito de aplicación seguirán solicitando a los proveedores de todos los tamaños información alineada con la CSRD y la CSDDD, especialmente con la introducción del marco de información voluntaria VSME.

¿Y ahora qué?

Con las negociaciones a tres bandas ya en marcha, la promesa de claridad está por fin al alcance de la mano. Los líderes de la UE se han comprometido a finalizar el paquete legislativo para finales de 2025. Si lo consiguen, las empresas obtendrán la certeza necesaria para perfeccionar los procesos de diligencia debida basados en el riesgo, reforzar la gobernanza de los datos y prepararse para la primera oleada de requisitos de cumplimiento.

En última instancia, las empresas se enfrentan ahora a una elección estratégica. Pueden esperar a que se cumpla la normativa y confiar en que las operaciones ya estén alineadas o pueden aprovechar los próximos doce meses para integrar de forma proactiva los sistemas, procesos y mecanismos de divulgación que las situarán por delante de sus competidores, de la supervisión reglamentaria y del escrutinio de los inversores y consumidores.

Dos opciones, pero sólo una que sea estratégica, más sencilla y comercialmente creíble.

Para obtener más información sobre las soluciones de diligencia debida en la cadena de suministro de Achilles, alineadas con la CSDDD, o sobre nuestra plataforma de elaboración de informes de CSRD basada en IA, Comply360, ponte en contacto con nuestros expertos en sostenibilidad.

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