El Poder Ejecutivo Nacional, a través del decreto 757/2011, promulgó la ley 26687, que regula la publicidad, la promoción y el consumo de los productos elaborados con tabaco, a los fines de la prevención y de la asistencia de la población ante los daños que produce el tabaquismo.
En materia laboral, establece la prohibición de fumar en lugares de trabajo protegidos por la ley 19587 de higiene y seguridad del trabajo; en lugares cerrados de acceso público, entre otros. Se exceptúan de esta prohibición los lugares de trabajo cerrados privados sin atención al público y sin empleados que cumplan funciones en esa misma dependencia.
Asimismo, determina que, en los lugares en que rija la prohibición de fumar, deberán colocarse carteles que indiquen dicha prohibición.
Por último, la Autoridad de Aplicación, para facilitar las denuncias por incumplimiento de las disposiciones de la presente ley, habilitará un número telefónico gratuito y una dirección de correo electrónico.
LEY (Poder Legislativo) 26687
BO: 14/06/2011